CONDICIONES GENERALES DE VENTA

ARTÍCULO 1: Ámbito de aplicación

Las presentes condiciones generales de venta constituyen, de conformidad con el artículo L 441-1 del Código de Comercio, la única base de la relación comercial entre las partes.

Tienen por objeto definir las condiciones en las que SAS Cadillac Barber ("El Proveedor") suministra los siguientes productos a los Compradores profesionales ("Los Compradores o el Comprador") que los solicitan, a través de la página web del Proveedor, por contacto directo o a través de un soporte papel Silla de barbero transportable y funda de transporte ("Los Productos").

Se aplican sin restricción ni reserva a todas las ventas concluidas por el Proveedor con Compradores de la misma categoría, independientemente de las cláusulas que puedan figurar en los documentos del Comprador, y en particular sus condiciones generales de compra.

De acuerdo con la normativa vigente, las presentes Condiciones Generales de Venta se comunican sistemáticamente a cualquier Comprador que las solicite, para que pueda realizar un pedido al Proveedor.

También se comunican a cualquier distribuidor (excluyendo a los mayoristas) antes de la celebración de un acuerdo único, tal y como se contempla en los artículos L 441-3 y siguientes del Código de Comercio francés, dentro de los plazos legales.

Todo pedido de Productos implica, por parte del Comprador, la aceptación de las presentes Condiciones Generales de Venta y de las condiciones generales de utilización del sitio web del Proveedor para los pedidos electrónicos.

La información contenida en los catálogos, folletos y listas de precios del Proveedor se da a título informativo y puede ser revisada en cualquier momento. El Proveedor tiene derecho a realizar las modificaciones que considere útiles.

Las presentes Condiciones Generales de Venta serán comunicadas sin demora a cualquier Comprador que lo solicite.

ARTÍCULO 2: Pedidos - Precios

2-1 La venta sólo se perfeccionará tras la aceptación expresa y por escrito del pedido del Comprador por parte del Proveedor, que deberá garantizar, en particular, la disponibilidad de los productos solicitados.

Los pedidos deben ser confirmados por escrito, mediante una hoja de pedido debidamente firmada por el Comprador.

El Proveedor dispone de medios electrónicos de pedido (incluyendo la aceptación y confirmación) (referencias del sitio) que permiten al Comprador pedir los productos en las mejores condiciones de comodidad y rapidez.

Para los pedidos realizados exclusivamente en Internet, el registro de un pedido en el sitio del Proveedor se realiza cuando el Comprador acepta las presentes Condiciones Generales de Venta marcando la casilla prevista a tal efecto y valida su pedido. Esta validación implica la aceptación de la totalidad de las presentes Condiciones Generales de Venta y constituye la prueba del contrato de venta.
La toma en consideración del pedido y su aceptación se confirman mediante el envío de un correo electrónico. Los datos registrados en el sistema informático del Proveedor constituirán la prueba de todas las transacciones realizadas con el Comprador.

2-2 Los cambios solicitados por el Comprador sólo se tendrán en cuenta, dentro de las posibilidades del Proveedor y a su sola discreción, si se notifican por escrito al menos 60 días antes de la fecha prevista para la entrega de los Productos solicitados, después de que el Comprador haya firmado una hoja de pedido específica y haya ajustado eventualmente el precio.

2-3 En caso de anulación del pedido por parte del Comprador después de su aceptación por parte del Proveedor, en el único supuesto de que se cumplan las condiciones del derecho de desistimiento (es decir: el contrato se celebra fuera de las instalaciones, el objeto del contrato no entra en el ámbito principal de actividad de su empresa y la empresa compradora no emplea a más de cinco empleados), el depósito pagado en el momento del pedido, tal y como se define en el artículo "Entregas" de las presentes Condiciones Generales de Venta, será adquirido automáticamente por el Proveedor y no será reembolsado.

2-4 Los productos se suministran a los precios del Proveedor en vigor el día del pedido y, en su caso, en la propuesta comercial específica enviada al Comprador. Estos precios son firmes y no revisables durante su período de validez, según lo indicado por el Proveedor.

Estos precios son netos y sin IVA, ex fábrica y sin embalaje. No incluyen el transporte, ni los posibles gastos de aduana y seguro, que siguen siendo responsabilidad del Comprador.

Podrán aplicarse condiciones especiales de precio en función de las especificidades solicitadas por el Comprador relativas, en particular, a las condiciones y plazos de entrega, o a las condiciones de pago. A continuación, el Proveedor enviará al Comprador una oferta comercial especial.

2-5 Si, después de la firma de cualquier Acuerdo de Venta, se produce un aumento significativo de los costes totales de producción o entrega como resultado de cambios sustanciales en los costes, (incluyendo el coste de la energía, las materias primas, los niveles de transporte y/o los tipos de cambio) el Proveedor tendrá derecho a exigir una renegociación del precio aplicable a los Productos a entregar, notificándolo al Comprador, y el Proveedor podrá cancelar cualquier parte no entregada de la cantidad de Productos pedidos, notificándolo al Comprador con treinta (30) días de antelación. Los precios indicados en el Contrato de Venta son válidos para todos los envíos y/o entregas realizadas hasta que el Proveedor dé el aviso previsto en este artículo.

ARTÍCULO 3: Condiciones de pago

3-1 En el momento de realizar el pedido se requiere un depósito correspondiente al 50% del precio total de compra de los Productos mencionados.

El saldo del precio es pagadero al contado, el día de la entrega, en las condiciones definidas en el artículo "Entregas" más abajo.

El Proveedor no estará obligado a entregar los productos pedidos por el Comprador si éste no paga el precio al Proveedor de acuerdo con los términos y condiciones indicados anteriormente.

3-2 Se pueden utilizar los siguientes métodos de pago:
con tarjetas bancarias: Visa, MasterCard, American Express, otras tarjetas de crédito
mediante transferencia bancaria a la cuenta de la empresa cuyo IBAN es el siguiente:
FR76 1120 6200 0100 8216 6810 757
BIC : AGRIFRPP812

Los pagos efectuados por el Comprador no se considerarán definitivos hasta que el Proveedor haya cobrado efectivamente las cantidades adeudadas.

3-3 En caso de retraso en el pago y abono de las cantidades adeudadas por el Comprador fuera del plazo establecido anteriormente, y después de la fecha de pago que figura en la factura enviada al Comprador, se adeudarán automáticamente y de pleno derecho al Proveedor, sin ninguna formalidad ni aviso previo, las penalizaciones por retraso calculadas a razón del 10% del importe, impuestos incluidos, del precio que figura en dicha factura.

El pago dará lugar a que el 100% de las sumas debidas sean inmediatamente exigibles, sin perjuicio de cualquier otra acción que el Proveedor pueda ejercer contra el Comprador a este respecto.

En caso de incumplimiento de las condiciones de pago anteriores, el Proveedor también se reserva el derecho de suspender o cancelar la entrega de los pedidos en curso por parte del Comprador, de suspender la ejecución de sus obligaciones y de reducir o cancelar los descuentos concedidos al Comprador.

Salvo acuerdo expreso, previo y escrito del Proveedor, y siempre que los créditos y deudas recíprocos sean ciertos, líquidos y exigibles, no podrá realizarse válidamente ninguna compensación entre las posibles penalizaciones por retraso en la entrega o falta de conformidad de los productos solicitados por el Comprador, por un lado, y las cantidades adeudadas por éste al Proveedor por la compra de dichos productos, por otro.

Por último, en caso de retraso en el pago, el Comprador deberá abonar automáticamente y sin previo aviso una indemnización fija por gastos de cobro por valor de 40 euros. El Proveedor se reserva el derecho de solicitar una compensación adicional al Comprador si los costes de cobro efectivamente incurridos superan esta cantidad, previa presentación de los documentos correspondientes.

3-4 El Proveedor se reserva, hasta el pago íntegro del precio por parte del Comprador, un derecho de propiedad sobre los productos vendidos que le permite recuperar dichos productos. Cualquier depósito pagado por el Comprador será retenido por el Proveedor como una compensación global, sin perjuicio de cualquier otra acción que el Proveedor pueda tener derecho a tomar contra el Comprador como resultado.

No obstante, el riesgo de pérdida y deterioro se transmitirá al Comprador en el momento de la entrega de los productos solicitados.

Por lo tanto, el Comprador se compromete, a sus expensas, a asegurar los productos solicitados, en beneficio del Proveedor, mediante una póliza de seguro ad hoc, hasta la completa transferencia de la propiedad y a justificarlo ante el Proveedor en el momento de la entrega. En caso contrario, el Proveedor tendrá derecho a retrasar la entrega hasta la presentación de esta prueba.

ARTÍCULO 4: Descuentos y rebajas

El Comprador podrá beneficiarse de los descuentos y rebajas que figuran en las listas de precios del Proveedor, en función de las cantidades compradas o entregadas por el Proveedor en un mismo momento y lugar, o de la regularidad de sus pedidos.

ARTÍCULO 5: Entregas

Los Productos adquiridos por el Comprador se entregarán en un plazo máximo de cinco (5) meses a partir de: la recepción por parte del Proveedor de la correspondiente orden de compra debidamente firmada y acompañada del importe del depósito debido en esa fecha o, la factura proforma debidamente firmada y acompañada del pago de la totalidad de los importes mencionados en la factura proforma y debidos en esa fecha.

Este período no constituye un plazo estricto y el Proveedor no será responsable ante el Comprador en caso de un retraso en la entrega que no exceda de un (1) mes.

En caso de retraso de más de dos (2) meses, el Comprador podrá solicitar la anulación de la venta. En ese caso, el Proveedor le devolverá los anticipos ya abonados.

El Proveedor no será responsable en caso de retraso o suspensión de la entrega imputable al Comprador o en caso de fuerza mayor.

La entrega se realizará en la dirección acordada en el momento del pedido entre el Comprador y el Proveedor y mediante la entrega directa de los Productos al Comprador, viajando los Productos por cuenta y riesgo del Comprador.

El Comprador está obligado a comprobar el estado aparente de los productos en el momento de la entrega. A falta de reservas expresamente formuladas por el Comprador en el momento de la entrega, los Productos entregados por el Proveedor se considerarán conformes en cantidad y calidad con el pedido.

El Comprador dispondrá de un plazo de cuarenta y ocho (48) horas, a partir de la fecha de entrega y recepción de los Productos solicitados, para manifestar por escrito dichas reservas al Proveedor.

No se aceptará válidamente ninguna reclamación en caso de incumplimiento de estas formalidades por parte del Comprador.

El Proveedor sustituirá, lo antes posible y a su cargo, los Productos entregados cuya falta de conformidad haya sido debidamente probada por el Comprador.

Si le produit commandé est en stock, le délai de livraison est de 3 à 5 jours.
Si le produit commandé n’est pas en stock, le délai de livraison est de 2 à 4 mois.

ARTÍCULO 6: Transferencia de propiedad - Transferencia de riesgos

6-1 . Transferencia de la propiedad

La transmisión de la propiedad de los Productos en beneficio del Comprador se realizará el día del pago completo del precio, independientemente de la fecha del pedido o de la entrega de los Productos.

6-2 . Transferencia de riesgos

La transferencia de los riesgos de pérdida y deterioro al Comprador se realizará el día de la entrega de los productos.

ARTÍCULO 7: Responsabilidad del proveedor - Garantía

Los productos entregados por el Proveedor se benefician de una garantía contractual por un período de diez (10) años a partir de la fecha de entrega, que cubre la no conformidad de los productos con el pedido y cualquier defecto oculto, resultante de un defecto de material, de diseño o de fabricación que afecte a los productos entregados y que los haga inutilizables.

La garantía forma un conjunto inseparable con el Producto vendido por el Proveedor. El Producto no puede ser vendido o revendido alterado, transformado o modificado.

Esta garantía se limita a la sustitución o al reembolso de los productos no conformes o afectados por un defecto.

Se excluye cualquier garantía en caso de mal uso, negligencia o falta de mantenimiento por parte del Comprador, así como en caso de desgaste normal del Producto o de fuerza mayor.

Para hacer valer sus derechos, el Comprador deberá, so pena de perder cualquier acción al respecto, informar por escrito al Proveedor de la existencia de los defectos en un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas desde su descubrimiento.

El Proveedor sustituirá o reparará los Productos o las piezas en garantía que resulten defectuosos. Esta garantía también cubre los costes de mano de obra.

La sustitución de los Productos o piezas defectuosas no tendrá el efecto de prolongar la duración de la garantía mencionada.

Por último, la garantía no se aplicará si los Productos han sido sometidos a un uso anormal, o han sido utilizados en condiciones diferentes de aquellas para las que fueron fabricados, en particular en caso de incumplimiento de las condiciones prescritas en las instrucciones de uso.

Tampoco se aplica en caso de deterioro o accidente resultante de un impacto, caída, negligencia, falta de supervisión o mantenimiento, o en caso de transformación del Producto.

ARTÍCULO 8: Propiedad intelectual

El Proveedor conserva todos los derechos de propiedad industrial e intelectual relativos a los Productos, las fotos y la documentación técnica, que no pueden ser comunicados ni ejecutados sin su autorización escrita.

ARTÍCULO 9: Datos personales

Los datos personales recogidos de los Compradores serán objeto de tratamiento informático por parte del Proveedor. Se registran en su archivo de clientes y son esenciales para la tramitación del pedido. Esta información y los datos personales también se conservan por motivos de seguridad, para cumplir con las obligaciones legales y reglamentarias. Se conservarán durante el tiempo necesario para la ejecución de los pedidos y las garantías aplicables.

El responsable del tratamiento de datos es el Proveedor. El acceso a los datos personales estará estrictamente limitado a los empleados del responsable del tratamiento que estén autorizados a tratarlos en virtud de sus funciones. Los datos recogidos podrán ser comunicados a terceros vinculados contractualmente a la empresa para la realización de tareas subcontratadas, sin que sea necesario el consentimiento del Comprador.

En el marco de la prestación de sus servicios, los terceros sólo tienen un acceso limitado a los datos y están obligados a utilizarlos de acuerdo con las disposiciones de la legislación aplicable en materia de protección de datos personales. Aparte de los casos anteriormente expuestos, el Proveedor no venderá, alquilará, cederá o dará acceso a terceros a los datos sin el consentimiento previo del Comprador, salvo que esté obligado a hacerlo por un motivo legítimo.

Si los datos van a ser transferidos fuera de la UE, se informará al Comprador y se le especificarán las garantías adoptadas para asegurar los datos (por ejemplo, adhesión del proveedor de servicios externo al "Escudo de Privacidad", adopción de cláusulas de protección estándar validadas por la CNIL, adopción de un código de conducta, obtención de la certificación de la CNIL, etc.).

Conformément à la réglementation applicable, l’Acheteur dispose d’un droit d’accès, de rectification, d’effacement, et de portabilité des données le concernant, ainsi que du droit de s’opposer au traitement pour motif légitime, droits qu’il peut exercer en s’adressant au responsable de traitement à l’adresse email suivante : info@cadillacstorepro.com.

En caso de reclamación, el Comprador podrá presentar una queja ante la Comisión Nacional de la Informática y las Libertades.

ARTÍCULO 10: Circunstancias imprevistas

En caso de que se produzca un cambio en las circunstancias imprevisibles en el momento de la celebración del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1195 del Código Civil, la Parte que no haya aceptado asumir un riesgo de ejecución excesivamente oneroso podrá solicitar a su cocontratante una renegociación del contrato.

No obstante, si el cambio de circunstancias imprevisible en el momento de la celebración del contrato es definitivo o se prolonga durante más de tres (2) meses, el presente contrato se resolverá pura y simplemente de acuerdo con los términos y condiciones definidos en el artículo "Rescisión por imprevisión".

ARTÍCULO 11: Prestación obligatoria en especie

En caso de que una de las Partes no cumpla con sus obligaciones, la Parte incumplidora tendrá derecho a solicitar la ejecución forzosa en especie de las obligaciones derivadas del presente contrato. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1221 del Código Civil, el acreedor de la obligación podrá perseguir esta ejecución forzosa tras un simple requerimiento, enviado al deudor de la obligación por carta certificada con acuse de recibo, que haya resultado infructuoso, salvo que resulte imposible o exista una clara desproporción entre su coste para el deudor, de buena fe, y su interés para el acreedor.

Como excepción expresa a lo dispuesto en el artículo 1222 del Código Civil, en caso de incumplimiento de las obligaciones por cualquiera de las Partes, la Parte que sufra el incumplimiento no podrá hacer cumplir ella misma la obligación por un tercero, a costa de la Parte incumplidora. No obstante, el acreedor de la obligación podrá solicitar judicialmente que la Parte incumplidora adelante las cantidades necesarias para dicho cumplimiento.

En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que incumben a la otra Parte, la Parte que haya sufrido un incumplimiento podrá solicitar la rescisión del contrato de acuerdo con los procedimientos definidos en el artículo "Rescisión del contrato”.

ARTÍCULO 12: Reducción proporcional del precio en caso de cumplimiento imperfecto de la obligación

En caso de que una Parte no cumpla con una u otra de sus obligaciones, el acreedor podrá, de conformidad con el artículo 1223 del Código Civil, treinta (30) días después de que el deudor de la obligación haya recibido una notificación formal por carta certificada con acuse de recibo, Si el deudor aún no ha pagado la totalidad o parte de la prestación, deberá notificar al deudor, a la mayor brevedad posible, su decisión de aceptar la ejecución imperfecta del contrato y de reducir el precio proporcionalmente.

La aceptación por parte del deudor de la decisión del acreedor de reducir el precio deberá hacerse por escrito.

A falta de acuerdo entre las partes sobre la cuantía de esta reducción proporcional del precio, será determinada por un perito de conformidad con el artículo 1592 del Código Civil.

En el caso de que el acreedor de la obligación ya haya pagado el precio, podrá, a falta de acuerdo entre las partes, solicitar al juez que reduzca el precio.

ARTÍCULO 13: Excepción de incumplimiento

Se recuerda que, en aplicación del artículo 1219 del Código Civil, cada parte puede negarse a cumplir su obligación, aunque sea debida, si la otra parte no cumple la suya y si este incumplimiento es suficientemente grave, es decir, susceptible de poner en tela de juicio la continuación del contrato o de alterar fundamentalmente su equilibrio económico. La suspensión del cumplimiento surtirá efecto inmediatamente después de la recepción por la Parte incumplidora de la notificación de incumplimiento que le haya sido enviada a tal efecto por la Parte que haya sufrido el incumplimiento, indicando la intención de aplicar la excepción de incumplimiento mientras la Parte incumplidora no haya subsanado el incumplimiento observado, notificada por carta certificada con acuse de recibo o en cualquier otro soporte escrito duradero que permita acreditar el envío.

Esta excepción de incumplimiento también puede utilizarse como medida preventiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1220 del Código Civil, si es evidente que una de las Partes no cumplirá con sus obligaciones en la fecha de vencimiento y que las consecuencias de este incumplimiento son suficientemente graves para la Parte que ha sufrido la mora.

Esta opción se utilizará a riesgo de la Parte que tome la iniciativa.

La suspensión del cumplimiento surtirá efecto inmediatamente después de la recepción por la Parte supuestamente incumplidora de la notificación de la intención de aplicar la excepción de incumplimiento preventivo hasta que la Parte supuestamente incumplidora cumpla la obligación cuyo incumplimiento futuro es manifiesto, notificada por carta certificada con acuse de recibo o en cualquier otro soporte duradero por escrito que permita acreditar el envío.

Sin embargo, si el impedimento es definitivo o dura más de 30 días a partir de la fecha en la que se constata el impedimento por carta certificada con acuse de recibo, el presente contrato se resolverá pura y simplemente en los términos y condiciones definidos en el artículo Resolución por incumplimiento de una de las partes.

ARTÍCULO 14: Fuerza mayor

Las Partes no serán responsables si el incumplimiento o el retraso en el cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones, tal y como se describe en el presente documento, se debe a un caso de fuerza mayor, en el sentido del artículo 1218 del Código Civil, o a riesgos sanitarios o climáticos excepcionales ajenos a la voluntad de las Partes.

La Parte que constate el suceso deberá informar inmediatamente a la otra Parte de su imposibilidad de realizar su servicio y justificarlo ante esta última. La suspensión de las obligaciones no será en ningún caso causa de responsabilidad por el incumplimiento de la obligación de que se trate, ni dará lugar al pago de daños y perjuicios o sanciones por demora.

El cumplimiento de la obligación se suspenderá por la duración de la fuerza mayor si ésta es temporal y no supera los treinta (30) días. En consecuencia, tan pronto como desaparezca la causa de la suspensión de sus obligaciones mutuas, las Partes harán todo lo posible para reanudar la ejecución normal de sus obligaciones contractuales lo antes posible. A tal efecto, la Parte impedida notificará a la otra la reanudación de su obligación mediante carta certificada con acuse de recibo o cualquier acto extrajudicial. Si el impedimento es definitivo o supera una duración de treinta (30) días, el presente contrato se rescindirá pura y simplemente de acuerdo con los términos y condiciones definidos en el artículo "Rescisión por motivos de fuerza mayor".

Durante esta suspensión, las Partes acuerdan que los costes generados por la situación correrán a cargo de la Parte impedida.

ARTÍCULO 15: Rescisión del contrato

15-1 . Rescisión por circunstancias imprevistas

La rescisión por imposibilidad de cumplir una obligación que se ha vuelto excesivamente onerosa sólo podrá tener lugar, sin perjuicio de la cláusula Rescisión por incumplimiento de una parte de sus obligaciones que se establece a continuación, treinta (30) días después del envío de una notificación formal en la que se declare la intención de aplicar la presente cláusula, notificada por carta certificada con acuse de recibo o por cualquier acto extrajudicial.

15-2 . Rescisión por incumplimiento de una obligación suficientemente grave

Sin perjuicio de la cláusula Resolución por incumplimiento de una Parte de sus obligaciones establecida a continuación, en caso de incumplimiento suficientemente grave de alguna de las obligaciones que incumben a la otra Parte, la Parte que sufra el incumplimiento podrá notificar a la Parte Incumplidora, por carta certificada con acuse de recibo, la terminación indebida del presente acuerdo, treinta (30) días después del envío de un requerimiento de cumplimiento que haya resultado infructuoso, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 1224 del Código Civil.

15-3 . Rescisión por fuerza mayor

La rescisión por fuerza mayor sólo podrá tener lugar, sin perjuicio de la cláusula Rescisión por incumplimiento de las obligaciones de una de las partes que se indica a continuación, treinta (30) días después del envío de la notificación formal por carta certificada con acuse de recibo o de cualquier acto extrajudicial.

Sin embargo, esta notificación de incumplimiento debe mencionar la intención de aplicar esta cláusula.

15-4 . Disposiciones comunes a los casos de rescisión

Queda expresamente acordado entre las Partes que el deudor de una obligación de pago en los términos de este acuerdo se pondrá válidamente en mora por el mero hecho de que la obligación sea debida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1344 del Código Civil.

En cualquier caso, la Parte perjudicada podrá solicitar la concesión de daños y perjuicios ante los tribunales.

ARTÍCULO 16: Conflictos

Con el fin de encontrar una solución conjunta a cualquier conflicto que pueda surgir en la ejecución del presente contrato, las partes contratantes se comprometen a reunirse en un plazo de tres días a partir del envío de una carta certificada con acuse de recibo, notificada por una de las dos partes.

Este procedimiento de solución amistosa constituye un requisito previo obligatorio para la iniciación de un procedimiento judicial entre las Partes. Cualquier acción judicial iniciada en violación de esta cláusula será declarada inadmisible.

No obstante, si al término de un plazo de tres días a partir de la primera reunión en el marco de este procedimiento de solución amistosa, las Partes no consiguen llegar a un compromiso o a una solución, el litigio se someterá a la jurisdicción designada a continuación.

ARTÍCULO 17: Atribución de competencias

Todos los litigios a los que pudiera dar lugar el presente contrato y los acuerdos derivados del mismo, tanto en lo que se refiere a su validez, como a su interpretación, ejecución, resolución, consecuencias y efectos, se someterán al Tribunal de Comercio de Albi.

ARTÍCULO 18: Ley aplicable - Lengua del contrato

Las presentes Condiciones Generales definen la forma de las condiciones generales y las operaciones que de ellas se derivan se rigen por el derecho francés.

Están escritas en francés. En caso de que se traduzcan a una o varias lenguas, sólo el texto francés se considerará auténtico en caso de litigio.

ARTÍCULO 19: Aceptación por parte del Comprador

Las presentes condiciones generales de venta, así como las listas de precios y los baremos de descuentos y rebajas adjuntos, son aprobados y aceptados expresamente por el Comprador, que declara y reconoce tener perfecto conocimiento de los mismos, renunciando así a basarse en cualquier documento contradictorio y, en particular, en sus propias condiciones generales de compra.

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